• Enfermedades en desempeño funciones: Son enfermedades producidas a consecuencia del desempeño de funciones las que tenga como causa directa el ejercicio de las funciones propias del empleo y cuya existencia se comprobara con la sola exhibición del dictamen del COMPIN

  • Fallos NIC Chile: Fallos sobre nombres de dominios, de jueces árbitros.

  • Nombramientos municipales y Contraloría: La circunstancia de que los Decretos de nombramiento de funcionarios municipales se encuentren exentos del trámite de toma de razón y que sólo deba practicarse su registro, como ya se dijo, no significa que la entidad recurrida no pueda ejercer las funciones de fiscalización que le asignan la Constitución y las Leyes.

  • Permiso de obra nueva invalidado: Siendo la potestad de invalidación un asunto comprendido en la actividad administrativa del Estado, su ejercicio no significa invadir el ámbito de la función jurisdiccional que compete privativamente a los tribunales establecidos por ley.

  • Precariedad de los permisos municipales: Los permisos que otorgan las Municipalidades de acuerdo al art. 36 de la L.O.C. de Municipalidades son esencialmente precarios.

  • Prescripción acciones civiles contra el Estado: Acciones personales de restitución y de indemnizacion, con fuente en nulidad de derecho público, deben ejercerse en plazos del C. Civil.

  • Profesional de la educación a contrata: El hecho que el actor haya trabajador a contrata en diversos períodos no puede otorgarle el carácter de empleado por tiempo indefinido, porque el Estatuto de los Profesionales de la Educación no establece tal efecto.

  • Reajuste por expropiación: En su artículo 14 el D.L. 2186 expresamente entrega al conocimiento de la justicia ordinaria todo lo relativo a la fijación de la indemnización definitiva del bien expropiado; el momento en que el ente expropiante adquiere el dominio del bien es el que determina cuando el particular sufre el daño patrimonial y fija el período de reajustabilidad.

  • Reclamo de ilegalidad contra resolución municipal ( artículo136 LOC Nº 18.695).: Reclamo contra multas impuestas a concesionario de barrido de calles.

  • Recurso de ilegalidad: Naturaleza del plazo establecido por el artículo 140 letra c) de la L.O.C. de Municipalidades, Nº 18.695.


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